Para nuestros distribuidores
El Real Decreto 110/2015 recoge todas las etapas que van desde la puesta en el mercado de los AEE a la recogida y gestión como residuos.
Los principales aspectos relacionados con la gestión de RAEE, desde su generación hasta su tratamiento específico son:
La recogida separada. (Entes Locales, distribuidores y gestores).
Obligaciones y responsabilidades de todos los agentes implicados en la recogida separada, así como el comportamiento medioambiental de los consumidores.
La correcta aplicación de la responsabilidad ampliada del productor.
Requisitos de las instalaciones de recogida.
Condiciones de almacenamiento.
Preparación para la reutilización, reciclado y tratamiento específico.
Responsabilidades como distribuidores
Los distribuidores de aparatos eléctricos y electrónicos deben asumir una serie de responsabilidades establecidas por la normativa. Su obligación a cumplir:
Comercialización de aparatos a aquellos fabricados por productores con número de identificación en el Registro Nacional de Productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos.
Aceptación y recepción de los RAEE, tanto en punto de venta como en el momento de la entrega de un aparato nuevo en el domicilio del comprador.
Habilitación de un punto de recogida de RAEE de una dimensión menor de 25 cm, para aquellos distribuidores con una superficie de venta mínima de 400 m2. Sin la obligación de compra de un AEE de tipo equivalente (1×0), entregar un RAEE pequeño.
Además, con independencia de la superficie de la zona de venta: Cuando los usuarios adquieran un nuevo AEE doméstico de tipo equivalente (1×1).
El distribuidor que comercializa productos a través de la venta a distancia deberá cumplir con las mismas obligaciones que un distribuidor con un punto de distribución físico. La entrega del RAEE se realizará bien en el punto de entrega del AEE o bien en el domicilio donde éste se suministre.
Emisión de justificantes de recogida al comprador que entregue un RAEE
Gestión de los RAEE recogidos, sea a través de un Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) como ECOECHE o directamente en un gestor autorizado.
Identificación de los RAEE será aquella que establezca ECOECHE con arreglo a optimizar la labor de la distribución.
Difusión de la información relativa a la correcta recogida de RAEE.
Los consumidores pueden entregar RAEE domésticos de forma GRATIS en:
1. Las instalaciones de recogida de las Entidades Locales:
Recogida puerta a puerta. (en algunos Municipios)
Cualquier otro sistema de recogida municipal de residuos previsto en las ordenanzas locales.
Instalaciones de recogida autorizadas con las que las Entidades Locales tengan suscrito un acuerdo.
Entidades de economía social autorizadas para la recogida de RAEE.
2. Los puntos de venta de los distribuidores:
El reciclaje para los distribuidores.
Los puntos de recogida habilitados en la distribución comercial (centros comerciales, supermercados, etc.) tienen como objetivo principal ampliar las opciones de los ciudadanos para la entrega de los residuos y facilitar a los distribuidores el cumplimiento de las obligaciones legales, ya que en muchos casos es obligatorio para estos establecimientos, disponer de contenedores de recogida al servicio de los consumidores.
3. Las redes de recogida de RAEE domésticos establecidas por los productores a través de los sistemas individuales o colectivos de responsabilidad ampliada o bien a través de recogidas domiciliarias financiadas y organizadas por los propios fabricantes.
4. Los gestores autorizados para la recogida de RAEE.